Gestiones administrativas

Trámites ante la DGT

En GEC Abogados y Asesores gestionamos trámites relacionados con vehículos y permisos de conducir ante la Dirección General de Tráfico.

Revisamos previamente la documentación, los impuestos, las tasas y la situación administrativa para que cada solicitud se presente de forma completa y ordenada.

Conductor al volante de un vehículo

Nuestros servicios

Gestiones de vehículos y permisos de conducir

Analizamos cada solicitud para determinar los documentos, las tasas, los impuestos y las actuaciones administrativas que resulten necesarios.

Canje del permiso de conducir

Comprobamos el convenio aplicable y preparamos la documentación necesaria para solicitar el canje de permisos extranjeros.

Cambio de titularidad

Gestionamos la transferencia de coches, motocicletas y ciclomotores adquiridos mediante compraventa.

Comunicación de venta

Comunicamos la transmisión del vehículo a la DGT para dejar constancia de la venta y proteger al anterior titular.

Permisos extranjeros

Canje del permiso de conducir

Las personas residentes en España que sean titulares de un permiso de conducir extranjero válido pueden solicitar su canje por el permiso español equivalente cuando exista un convenio aplicable y se cumplan los requisitos establecidos.

Con carácter general, no puede canjearse un permiso obtenido cuando su titular ya era residente legal en España, sin perjuicio de las particularidades previstas en determinados convenios y de las excepciones legalmente aplicables.

Comprobaciones previas

  • País que expidió el permiso de conducir.
  • Existencia y condiciones del convenio de canje.
  • Fecha de obtención del permiso extranjero.
  • Fecha de inicio de la residencia legal en España.
  • Vigencia y autenticidad del permiso.
  • Categorías de vehículos autorizadas.
  • Necesidad de verificar el permiso con el país de origen.
  • Posible realización de pruebas teóricas o prácticas.

Documentación habitual

  • Solicitud oficial de canje.
  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor.
  • Acreditación de la residencia legal en España.
  • Permiso de conducir extranjero original y vigente.
  • Informe de aptitud psicofísica expedido por un centro autorizado.
  • Fotografía reciente cuando resulte necesaria.
  • Declaraciones exigidas por la Dirección General de Tráfico.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.
  • Documentación adicional requerida por el convenio aplicable.

Cómo gestionamos el procedimiento

  • Revisamos si el permiso puede ser objeto de canje.
  • Comprobamos las fechas de expedición y residencia.
  • Preparamos y organizamos la documentación necesaria.
  • Asistimos en la solicitud de cita y en la tramitación ante la DGT.
  • Realizamos el seguimiento de las verificaciones pendientes.
  • Atendemos los requerimientos que puedan producirse.

Antes de iniciar la solicitud, es recomendable comprobar la situación concreta del permiso y las condiciones vigentes del convenio correspondiente.

Compraventa de vehículos

Cambio de titularidad de coches y motos

Cuando se compra un coche, una motocicleta o un ciclomotor usado, el comprador debe solicitar el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico.

El plazo general para solicitar la transferencia es de 30 días desde la firma del contrato de compraventa. Una vez finalizado el procedimiento, se expide un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador.

Comprobaciones previas

  • Que el vehículo se encuentre de alta administrativa.
  • Que esté pagado el impuesto municipal de circulación del año anterior.
  • Que no existan sanciones vinculadas al vehículo que impidan la transferencia.
  • Que no haya una reserva de dominio pendiente de cancelación.
  • La posible existencia de embargos, precintos u otras limitaciones.
  • La correcta identificación del vehículo, del comprador y del vendedor.
  • La liquidación, exención o no sujeción del impuesto correspondiente.
  • La existencia de circunstancias especiales, como herencia, donación, separación o adjudicación judicial.

Documentación habitual

  • Solicitud oficial de cambio de titularidad.
  • Contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.
  • Documento de identidad del comprador y del vendedor.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Tarjeta de inspección técnica y documentación técnica del vehículo.
  • Justificante de liquidación, exención o no sujeción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
  • Justificante del pago de la tasa de la DGT.
  • Mandato o autorización de representación cuando la gestión se realice mediante representante.
  • Documentación adicional cuando exista una situación especial.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales

  • Determinamos si la operación está sujeta al impuesto.
  • Comprobamos la comunidad autónoma competente para su presentación.
  • Revisamos el valor fiscal aplicable al vehículo.
  • Preparamos la autoliquidación correspondiente.
  • Comprobamos si resulta aplicable alguna exención o supuesto de no sujeción.
  • Incorporamos el justificante tributario al expediente de transferencia.

Cómo gestionamos la transferencia

  • Revisamos el contrato y la documentación de las partes.
  • Comprobamos la situación administrativa del vehículo.
  • Gestionamos la presentación del impuesto cuando resulte necesario.
  • Preparamos la solicitud de cambio de titularidad.
  • Presentamos la documentación ante la DGT.
  • Realizamos el seguimiento hasta la finalización del trámite.

La transferencia no debe tramitarse sin revisar previamente las cargas y limitaciones que puedan afectar al vehículo.

Protección del vendedor

Comunicación de venta de vehículos

La comunicación de venta permite al vendedor informar a la Dirección General de Tráfico de que ha transmitido el vehículo a otra persona.

Este trámite es especialmente recomendable cuando el comprador todavía no ha realizado el cambio de titularidad, ya que deja constancia administrativa de la fecha de transmisión y de la identidad del adquirente.

Cuándo es recomendable comunicar la venta

  • Cuando se entrega el vehículo al comprador.
  • Cuando el comprador no realiza inmediatamente la transferencia.
  • Cuando existe riesgo de recibir multas o comunicaciones posteriores a la venta.
  • Cuando se desea dejar constancia formal de la fecha de transmisión.
  • Cuando el vendedor necesita acreditar que ya no dispone del vehículo.

Documentación habitual

  • Solicitud oficial de comunicación de venta.
  • Contrato de compraventa firmado por las partes.
  • Documento de identidad del vendedor.
  • Datos identificativos del comprador.
  • Matrícula y datos identificativos del vehículo.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.
  • Autorización de representación cuando el trámite se realice mediante representante.

Datos que debe contener el contrato

  • Nombre, apellidos y documento de identidad del comprador y del vendedor.
  • Domicilio de las partes.
  • Matrícula y número de bastidor del vehículo.
  • Marca y modelo del vehículo.
  • Precio de la compraventa.
  • Fecha y hora exactas de entrega.
  • Firma del comprador y del vendedor en todas las páginas.

Cómo gestionamos la comunicación

  • Revisamos el contrato de compraventa.
  • Comprobamos que estén identificadas correctamente las partes y el vehículo.
  • Preparamos la solicitud de comunicación de venta.
  • Presentamos la comunicación ante la DGT.
  • Entregamos al cliente el justificante de presentación.

Se recomienda conservar una copia firmada del contrato y del justificante de comunicación de venta.

Nuestra forma de trabajar

Gestión completa del procedimiento

Revisión inicial

Comprobamos la documentación, la situación administrativa y los requisitos aplicables.

Preparación

Preparamos las solicitudes, autorizaciones, impuestos y justificantes necesarios.

Presentación

Presentamos el trámite ante la Administración competente y entregamos el justificante correspondiente.

Seguimiento

Controlamos el estado de la gestión y atendemos las posibles incidencias o requerimientos.

Nuestro servicio

¿Por qué gestionar tu trámite ante la DGT con nosotros?

Comprobamos la documentación antes de presentar cada trámite para reducir el riesgo de requerimientos, retrasos o denegaciones.

  • Revisión previa del vehículo o del permiso de conducir.
  • Comprobación de cargas, embargos e impuestos pendientes.
  • Preparación completa de la documentación exigida.
  • Gestión del impuesto sobre transmisiones cuando corresponda.
  • Presentación y seguimiento ante la Administración.
  • Atención de requerimientos e incidencias durante la tramitación.
  • Atención presencial en Barcelona y asistencia telemática en toda España.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre los trámites ante la DGT

¿Cuándo debe solicitarse el cambio de titularidad?

El comprador debe solicitarlo dentro del plazo general de 30 días desde la firma del contrato de compraventa.

¿Quién debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales?

En una compraventa entre particulares, el obligado habitual es el comprador. La liquidación debe realizarse ante la comunidad autónoma competente antes de completar la transferencia en la DGT, salvo exención o no sujeción.

¿La comunicación de venta sustituye la transferencia?

No. La comunicación protege al vendedor dejando constancia de la transmisión, pero el comprador continúa obligado a solicitar el cambio de titularidad.

¿Todos los permisos extranjeros pueden canjearse?

No. El canje depende del país de expedición, del convenio aplicable, de la fecha de obtención, de la residencia legal y de las categorías solicitadas.

¿Puedo transferir un vehículo con reserva de dominio?

La reserva de dominio debe cancelarse previamente en el registro correspondiente para que pueda completarse la transferencia.

¿Qué ocurre si el vehículo tiene un embargo?

La existencia de un embargo no siempre impide automáticamente la transmisión, pero debe informarse al comprador y analizarse su alcance. Un precinto sí puede impedir la expedición del nuevo permiso de circulación.

Estamos a su disposición

¿Necesita realizar un trámite ante la DGT?

Revisamos su documentación y le indicamos los pasos necesarios para gestionar correctamente el procedimiento.

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