Estudios y formación en España

Visado de estudios desde el país de origen

En GEC Abogados y Asesores acompañamos a estudiantes extranjeros que desean trasladarse a España para cursar estudios superiores, educación secundaria postobligatoria u otras actividades formativas admitidas por la normativa.

Revisamos la admisión, los requisitos económicos, el seguro médico y la documentación necesaria antes de presentar la solicitud ante el Consulado de España.

Información general

¿Qué es el visado de estudios?

Es el visado que permite entrar en España para realizar una actividad académica o formativa por un periodo superior a noventa días.

Su concesión está vinculada a la obtención de una autorización de estancia de larga duración y al cumplimiento de los requisitos académicos, económicos, sanitarios y documentales establecidos legalmente.

Programas admitidos

Estudios que pueden dar acceso a la autorización

La normativa contempla distintas modalidades de estudios y actividades formativas. Entre ellas se encuentran:

  • Grados, másteres, doctorados y otros estudios universitarios.
  • Títulos propios impartidos por instituciones de enseñanza superior reconocidas.
  • Formación Profesional de grado superior.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Enseñanzas deportivas de grado superior.
  • Bachillerato y Formación Profesional de grado medio.
  • Enseñanzas artísticas y deportivas de grado medio.
  • Programas de movilidad de alumnos.
  • Determinadas actividades formativas y programas de voluntariado.

En los programas no universitarios y en determinadas modalidades híbridas o semipresenciales puede exigirse un porcentaje mínimo de presencialidad.

Revisión previa

Requisitos principales

El cumplimiento debe analizarse de manera conjunta. La admisión en un centro no garantiza por sí sola la concesión del visado.

  • Haber sido admitido en un centro o institución de enseñanza reconocido o autorizado en España.
  • Cursar un programa de estudios a tiempo completo que conduzca a la obtención de un título o certificado reconocido.
  • Haber abonado los derechos de inscripción o matrícula exigidos por el centro.
  • Presentar la solicitud, con carácter general, al menos dos meses antes del comienzo de los estudios.
  • Disponer de pasaporte o título de viaje válido y con la vigencia exigida.
  • Acreditar medios económicos suficientes para la estancia y el regreso al país de procedencia.
  • Disponer de un seguro de enfermedad contratado con una entidad autorizada para operar en España.
  • No figurar como persona rechazable en los países con los que España tenga suscrito un convenio.
  • Carecer de antecedentes penales cuando la estancia supere seis meses y resulte legalmente exigible.
  • Acreditar que no se padecen enfermedades con repercusiones graves para la salud pública cuando corresponda.
  • Abonar las tasas administrativas y consulares aplicables.

Preparación del expediente

Documentación habitual

La documentación definitiva depende del país de presentación, la edad del solicitante, la duración de los estudios y sus circunstancias personales.

  • Formulario oficial de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo y en vigor.
  • Carta de admisión del centro o institución de enseñanza.
  • Justificante del pago de la matrícula o de los derechos de inscripción.
  • Programa académico con indicación de la duración, modalidad y fechas de los estudios.
  • Documentación acreditativa de medios económicos suficientes.
  • Póliza y certificado del seguro de enfermedad.
  • Certificado de antecedentes penales cuando sea exigible.
  • Certificado médico cuando sea exigible.
  • Justificante del alojamiento previsto en España, si resulta necesario.
  • Autorización de los progenitores o tutores cuando la persona solicitante sea menor de edad.
  • Justificantes del pago de las tasas correspondientes.

Tramitación

Cómo preparamos el visado de estudios

  1. Revisión del programa de estudios

    Comprobamos que el centro esté reconocido y que los estudios elegidos permitan solicitar una autorización de estancia de larga duración.

  2. Preparación de la documentación

    Revisamos la admisión, matrícula, medios económicos, seguro médico, certificados y demás documentos exigibles.

  3. Traducción y legalización

    Comprobamos qué documentos extranjeros necesitan traducción jurada, Apostilla de La Haya o legalización consular.

  4. Presentación en el Consulado

    La solicitud se presenta ante la Misión Diplomática u Oficina Consular española correspondiente al lugar de residencia de la persona interesada.

  5. Seguimiento y requerimientos

    Atendemos las solicitudes de documentación adicional o aclaraciones que puedan formular las autoridades competentes.

  6. Entrada en España y TIE

    Una vez concedido el visado, revisamos las actuaciones posteriores a la entrada, incluida la solicitud de la TIE cuando corresponda.

Después de la concesión

Entrada en España, duración y TIE

  • El visado concedido debe recogerse dentro del plazo indicado por la Oficina Consular.
  • La autorización para estudios superiores puede abarcar la duración total de los estudios.
  • La autorización para educación secundaria postobligatoria tiene, con carácter general, el límite correspondiente establecido por la normativa.
  • Cuando la autorización supere un año deberá acreditarse la continuidad de los estudios y el pago de la matrícula en los términos aplicables.
  • Si la estancia supera seis meses, deberá solicitarse la TIE dentro del mes siguiente a la entrada en España.

Actividad laboral

¿Es posible trabajar durante los estudios?

La autorización para estudios superiores permite realizar una actividad laboral cuando sea compatible con la formación. Como regla general, la actividad no puede superar las treinta horas semanales.

En otros programas académicos o formativos puede ser necesaria una autorización adicional. La actividad nunca debe impedir la asistencia, el aprovechamiento o la continuidad de los estudios.

Familiares

Acompañamiento de familiares del estudiante

En los supuestos legalmente previstos para estudios superiores, determinados familiares pueden solicitar un visado para acompañar al estudiante.

  • Cónyuge, pareja registrada o pareja estable acreditada.
  • Hijos menores de edad no casados.
  • Determinados hijos mayores con necesidades de apoyo por discapacidad o enfermedad.
  • Personas que deban prestar apoyo al estudiante por razón de discapacidad o enfermedad, cuando proceda.

Deben acreditarse el vínculo familiar, los medios económicos, el seguro de enfermedad y los demás requisitos exigibles. La autorización como familiar de estudiante no habilita para trabajar.

Nuestro asesoramiento

¿Cómo puede ayudarle GEC?

  • Comprobación del centro y del programa de estudios.
  • Cálculo y revisión de los medios económicos necesarios.
  • Revisión del seguro de enfermedad.
  • Organización, traducción y legalización de documentos.
  • Preparación de la solicitud consular.
  • Contestación de requerimientos.
  • Asistencia posterior para la entrada en España y solicitud de la TIE.
  • Estudio de recursos en caso de resolución desfavorable.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre el visado de estudios

¿Dónde se solicita el visado de estudios?

Se solicita en la Misión Diplomática u Oficina Consular española correspondiente a la demarcación en la que resida la persona interesada.

¿Con cuánta antelación debe presentarse la solicitud?

Con carácter general, debe presentarse al menos dos meses antes del comienzo de los estudios. Pueden valorarse determinadas circunstancias excepcionales relacionadas con las fechas de matrícula.

¿Cualquier curso permite obtener un visado de estudios?

No. El centro debe estar reconocido o autorizado y la formación debe encontrarse dentro de las categorías admitidas por la normativa. Por eso es importante revisar el programa antes de formalizar la matrícula.

¿Cuántos medios económicos deben acreditarse?

La referencia general para el estudiante es el 100 % mensual del IPREM durante el periodo solicitado. Para familiares se aplican cantidades adicionales. El cálculo concreto debe realizarse según la duración, el alojamiento abonado y las circunstancias familiares.

¿El dinero destinado a pagar los estudios cuenta como manutención?

No. Las cantidades destinadas a cubrir el coste de la matrícula o de los estudios no se computan como medios económicos para la manutención.

¿Qué características debe tener el seguro médico?

Debe contratarse con una entidad autorizada para operar en España y ofrecer prestaciones similares a las de la cartera común básica del Sistema Nacional de Salud durante el periodo exigido.

¿Los documentos extranjeros deben apostillarse?

Los documentos públicos extranjeros deben, como regla general, estar apostillados o legalizados, salvo que exista una exención aplicable. También puede ser necesaria su traducción jurada al castellano.

¿Puedo trabajar mientras estudio?

Las autorizaciones para estudios superiores permiten trabajar cuando la actividad sea compatible con los estudios. Como regla general, la actividad no debe superar treinta horas semanales. En otros tipos de estudios puede ser necesaria una autorización específica.

¿Pueden acompañarme mis familiares?

En determinados estudios superiores pueden solicitar autorización el cónyuge, la pareja y algunos hijos u otros familiares legalmente incluidos. Deben acreditarse el vínculo, los medios económicos y el seguro médico. Los familiares de estudiantes no quedan autorizados para trabajar por esta autorización.

¿Cuándo debo solicitar la TIE?

Cuando la estancia autorizada sea superior a seis meses, la TIE debe solicitarse personalmente dentro del mes siguiente a la entrada en España.

¿Qué ocurre si el Consulado solicita más documentos?

El requerimiento debe revisarse inmediatamente y contestarse dentro del plazo indicado. Una respuesta incompleta o presentada fuera de plazo puede afectar al resultado del procedimiento.

¿Qué puedo hacer si deniegan el visado?

Debe analizarse la resolución y su motivación para determinar si procede presentar un recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa dentro del plazo correspondiente.

Estamos a su disposición

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Revisamos su admisión, la documentación y los requisitos antes de presentar la solicitud ante el Consulado.

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